En España se creará un Registro Público donde consten todos los Seguros de Vida que se contraten, a fin de evitar que los beneficiarios se queden sin cobrar como está ocurriendo algunas veces por desconocimiento de la existencia del Seguro.

Las Compañías de Seguros remitirán al Registro los contratos de los seguros de vida que se contraten.

Los Notarios, en la adjudicacion de la herencia, estarán obligados a incorporar a la Escritura el certificado del Registro de Seguros del fallecido.